Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y culturales

Fue aprobado por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre del 2008.
Es un recurso para protección de aquellos de derechos subjetivos que comprenden por la realización del ser humano en condiciones de dignidad, a través de la satisfacción de aspectos que salvaguarden la economía, autonomía, identidad y los ámbitos de de existencia, favoreciendo a la reducción de las brechas de desigualdad en la sociedad.
Estos mismos derechos convierten al Estado en una instancia positiva, encargada de satisfacer las demandas de bienestar y dignidad humana.


Este protocolo contempla tres sistemas o procedimientos de protección: 

Las comunicaciones entre Estados: 
Es el acuerdo del cual forman parte los Estados inmiscuidos en el Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales.

Las comunicaciones individuales o grupales
Es la comunicación entre individuos, grupos de comunidades y la sociedad en general.

Procedimiento de investigación:
Con las observaciones presentadas por el Estado, el comité puede realizar una investigación y presentar un informe urgente.

Comentarios

  1. Muchas gracias por la información presentada en blog, me permitió ampliar de mejor manera mi conocimiento sobre un tema que no manejaba muy bien, siga subiendo contenido, nos sería de mucha utilidad.

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